LICENCIA DE MONTAÑA INCLUSIÓN SOCIAL
Su objetivo es atender y recoger las demandas de diversas asociaciones integradas en los Servicios Sociales de Asturias, interesadas en la práctica de actividad física en el medio natural y, en especial, del disfrute del senderismo. La Licencia de Inclusión Social es una apuesta por acercar el montañismo a las personas
y colectivos que se encuentren en situación de exclusión social o que estén en riesgo de estarlo, con el firme propósito de que los valores de nuestro deporte (superación, compañerismo, convivencia, contacto y respeto a la naturaleza,...) pueden contribuir a la mejora del bienestar individual y colectivo de estas personas en riesgo.Las personas beneficiarias de esta licencia deberán aportar copia de la documentación oficial que acredite su situación de vulnerabilidad o pertenencia a alguno de los colectivos indicados a continuación:
- Personas con discapacidad física, intelectual o sensorial, en un grado igual o superior al
33 %. - Mujeres víctimas de violencia de género procedentes de casas de acogida o programas
de protección. - Personas perceptoras de Rentas Mínimas de Inserción, así como los miembros de la
unidad de convivencia beneficiarios de ellas. - Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta procedentes de Instituciones
de Protección de Menores. - Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se
encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social. - Personas internas de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita
acceder a la práctica del montañismo, así como liberados condicionales y ex reclusos. - Personas menores de edad internas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley
Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores,
cuya situación les permita acceder a la práctica del montañismo, así como las que se
encuentran en situación de libertad vigilada y las ex internas. - Personas procedentes de Servicios de Prevención e Inserción Social autorizados.
- Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados.
- Personas emigrantes retornados a Asturias con graves necesidades personales o
familiares. - Personas que tengan a su cargo una familia monoparental y presenten graves
necesidades personales o familiares.
La Licencia de Inclusión Social, por sus características, no admite suplementos ni ampliaciones.